A diferencia de la visa de inversión EB-5, la cual otorga la residencia permanente para inversionistas de capitales a partir de los $500.000 (quinientos mil dólares), existe una visa de inversionista de no inmigrantes llamada E-2, en la cual la cuantía a invertir es considerablemente menor, pero que no ofrece la Green card.
El tipo de inversión varia al igual que en la EB-5, puede ser crear un negocio nuevo desde cero, adquirir una franquicia, o comprar un negocio ya existente, sin embargo, tienen ciertas similitudes, como que debe ser un negocio real y no una simple inversión, debe crear empleos para americanos y debe ser sostenible en el tiempo.
Las cuantías a invertir para poder obtener la visa de inversionista no están especificadas en la norma, pero para tener buenas posibilidades se ha observado en diferentes casos que una inversión de $100.000 (cien mil dólares) es una cifra que fácilmente se puede considerar como ´sustancial´.
Se han visto casos en los cuales se han otorgado visas E-2 con inversiones mucho más bajas, de $ 40.000 (cuarenta mil) o $50.000 (cincuenta mil) dólares. Sin embargo, la aprobación de estos casos al igual que todas las demás visas E-2 dependen de múltiples variables, incluyendo un plan de negocios suficiente sólido y una entrevista con el cónsul americano ubicado en el l país del inversionista.
Primero que todo, para intentar tramitar este tipo de visa, es necesario que el país de origen del potencial inversionista tenga un tratado con Estados Unidos, si no es así, simplemente no es posible, y será mucho mejor estudiar diferentes opciones y no insistir con la visa E-2.
Un tratado comercial que permita aspirar a esta visa no es lo mismo que un tratado de libre comercio, por lo tanto, es necesario consultar de forma correcta, ciudadanos originarios de que países pueden aplicar a esta visa.
El listado de los países que al momento de escribir este artículo tenían tratado para poder aplicar a esta visa es el siguiente, por favor tener en cuenta, que con el transcurso del tiempo el listado puede variar, y es necesario verificar al momento exacto en que se pretenda iniciar un trámite.
Países con tratados comerciales que pueden aplicar a la visa de inversionista
• Albania, Alemania, Argentina
• Armenia, Australia, Austria
• Azerbayán, Baraín, Bangladesh
• Bélgica, Bolivia, Bosnia Herzegovina
• Bulgaria, Camerún, Canadá
• Chile, China, Colombia
• Congo, Corea del Sur, Ecuador
• Egipto, Eslovaquia, Eslovenia
• España, Estonia, Etiopía
• Filipinas, Finlandia, Francia
• Georgia, Granada, Holanda
• Honduras, Irán, Irlanda
• Italia, Jamaica, Japón
• Jordania, Kazashkán, Kosovo
• Kyrgyzstán, Letonia, Liberia
• Lituania, Luxemburgo, Macedonia
• Marruecos, México, Moldavia
• Mongolia, Montenegro, Noruega
• Omán, Paquistán, Panamá
• Paraguay, Polonia, Reino Unido
• Rumanía, Serbia, Senegal
• Singapur, Sri Lanka, Suecia
• Suiza, Surinam, Tailandia
• Togo, Trinidad y Tobago, Túnez
• Turquía, Ucrania
Una vez se tenga certeza que su país de origen se encuentra en el anterior listado, se puede empezar a recoger la información necesaria para realizar la aplicación, se recomienda firmemente contar con la asistencia profesional adecuada, puesto que es necesario escoger que tipo de inversión se va a realizar, por ejemplo, la compra de una franquicia, pero existen demasiadas franquicias para escoger, ¿Cuál es buena? ¿Cuál es mala? ¿Cuánto cuestan? ¿De qué es la franquicia? ¿Qué lugares se encuentran disponibles para su elección?
Después de responder estas preguntas y muchas más que se presentaran, es necesario realizar un detallado y solido plan de negocios, el cual debe llenar los requisitos exigidos por este visado, como por ejemplo que el negocio le pueda dar al inversionista un sueldo de gerente, que genere empleos a ciudadanos americanos y que sea sostenible en el tiempo. Evidentemente, para la mayoría de las visas E-2 tramitadas con inversión en franquicias, la casa matriz provee el plan de negocios, pero no siempre ocurre así, por lo tanto, también se debe tener en cuenta el trabajo implementado para crear un buen plan de negocios, que sea aterrizado a la realidad.
Cuando se tiene toda la información necesaria, y se ha realizado parte de la inversión, cumpliendo con las exigencias, se puede aplicar a la visa E-2, o visa de inversionista no inmigrante, momento en el cual, se le otorgara una cita en la embajada o consulado americano de su país, en esta, el cónsul estudiara su caso, le realizara preguntas sobre el plan de negocios, origen de los fondos, y cualquiera que considere pertinente, para poder tomar una decisión al respecto, si en determinado momento, el cónsul niega la visa por ser la inversión insuficiente, podría ampliarse, sin embargo no es el único factor por el cual pueda ser negada, puede ser que no considere el plan de negocios creíble, que no se justifique el origen de capital de forma adecuada, que existan faltas a la ley migratoria de Estados Unidos que impidan continuar con el trámite, etc.
Existen múltiples decisiones que hay que tomar antes de aplicar a la visa de inversionista, para lo cual no siempre es fácil encontrar la información necesaria, por lo tanto, la forma más segura de proteger su capital y realizar todo el proceso de forma correcta, para evitar problemas en la aplicación de visas E-2, es asesorarse de la mejor forma posible, al fin y al cabo, es su futuro el que está en juego.