¿Si Se Tiene Un Hijo Ciudadano Se Puede Obtener La Green Card?La respuesta corta es sí, si se tiene un hijo ciudadano se puede obtener la green card, bajo ciertas circunstancias, pero como siempre comentamos, cada caso es diferente y debe ser estudiado de forma independiente. La regla general indica que un ciudadano americano puede solicitar la residencia para sus padres, siempre y cuando tenga como mínimo 21 años, no tenga ningún tipo de impedimento legal para solicitarlos y pueda demostrar que tiene ingresos suficientes para mantenerlos, o si no los posee, que otra persona le pueda servir de sponsor.

Si no existe ninguna complicación, solicitar la residencia para sus padres es una de las formas más fáciles para que ellos obtengan residencia permanente, por ejemplo, una ciudadana americana tiene a su mamá en México, la ciudadana cumple con los requisitos y la madre no tiene ninguna causal de inadmisibilidad, incluidas las faltas a la ley migratoria; el trámite en estas circunstancias debería ser muy sencillo, y como a la fecha de escribir esta nota, no existe un límite de visas para dar residencia para sus padres, también debe ser relativamente rápido. De todas formas, si la madre tiene una visa de no inmigrante, sería posible que ingrese al país y se realice el tramite desde dentro de Estados Unidos, para este tipo de tramites solicitados con la madre dentro de USA es mejor consultar a un experto en cuanto a los tiempos de trámite para evitar que la madre quede indocumentada y se complique la situación.

Ahora bien, si usted es una persona que ha violado una ley de inmigración, y por ejemplo ha tenido presencia no autorizada en Estados Unidos, pero tiene un hijo de 12 años, el estatus de ciudadano de su hijo, por lo general no le servirá para poder ajustar su estatus, puesto que él no lo puede pedir por no tener 21 años. Sin embargo, dentro de ciertas situaciones específicas, es posible solicitar un perdón, con el cual se deberá demostrar que su partida ocasionara un daño extremo a su hijo ciudadano; este daño extremo debe ser muy bien demostrado, y no se trata simplemente de que el hijo lo extrañara muchísimo, este tipo de perdones normalmente se otorgan por situaciones muy graves, como enfermedades, situaciones extremas de vulnerabilidad, etc.

Generalmente para cada perdón que se solicita, lo más aconsejable es realizarlo por medio de un experto, pues son los abogados los que conocen que causas pueden ser admitidas, como argumentarlas y como demostrarlas.

Para casi todas las causales de inadmisibilidad es posible obtener un perdón, esto depende de la severidad de la causal, y para algunas pocas, es prácticamente imposible el obtenerlo, por ejemplo si usted fue deportado, algunas veces el simple paso de 5 años hace que la causal de inadmisibilidad desaparezca, o se podría otorgar un perdón si se demuestra un daño extremo para el hijo ciudadano, pero si usted ha sido encontrado culpable de actos terroristas, se considera que pueda ser un peligro para la seguridad nacional o ha sido condenado por delitos graves como narcotráfico o trata de personas, las posibilidades de obtenerlo son muy, pero muy pocas.

También depende de la cantidad de causales de inadmisibilidad que presente, no es lo mismo una persona que estuvo sin autorización en Estados Unidos por 170 días, salió del país de forma voluntaria y lleva 2 años y medio fuera del país, cuando su castigo es de 3 años; que una persona que estuvo sin autorización durante 8 años, fue deportada, fue detenida intentando pasar la frontera sin una visa y de repente ahora se encuentra en Estados Unidos solicitando un ajuste.

Y es que, en este segundo ejemplo, además de las múltiples violaciones a la ley de inmigración, surgen múltiples preguntas, que es necesario contestar antes de empezar un procedimiento, y es indispensable investigar por ejemplo si al ser detenido en la frontera fue simplemente considerado una no autorización de entrar al país o si fue catalogada como deportación.

En algunos casos, no se otorgará perdón y será necesario pagar un castigo, como el de los 3 o 10 años, para personas que han estado en el país sin autorización, 5 años para algunos casos de deportación, etc; lo que hay que tener en cuenta, es que, si se solicita el perdón, existe alguna posibilidad de recibirlo, mientras que si no se solicita, no existe posibilidad de remover los castigos antes mencionados.

Para resumir, un hijo ciudadano mayor de 21 años con la capacidad económica puede solicitar la residencia para sus padres, y las dificultades que puedan presentarse por el lado de los padres, por lo general pueden solucionarse por medio de perdones y dependiendo de cada caso independiente, por el otro lado, si el hijo ciudadano es menor de 21 años, no lo puede solicitar, y tendría que demostrarse daño extremo al menor en su ausencia para poder solicitar algún tipo de visa de inmigrante o ajuste de estatus.

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