¿Qué es la petición familiar I-130?
La petición familiar I-130 es un requisito previo que solicita el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) para poder aplicar a un proceso de perdón I-601 o I-601A, así que le doy las siguientes recomendaciones para sea posible la aprobación de esta petición.
Debe ingresar a la página web del Servicio de Ciudadanía e inmigración (USCIS), en www.uscis.gov e imprimir el formulario I-130 con las instrucciones respectivas y por último el formulario G-325. Deberá diligenciar cada uno de estos formularios de acuerdo a las instrucciones dadas y sin ninguna enmendadura.
Si usted es casado(a), debe presentar la evidencia de que ese matrimonio ha sido contraído de buena fe; es decir que no es fraudulento, ni fue para obtener beneficios migratorios. Presente el certificado de matrimonio, actas de nacimiento de sus hijos, cuentas de banco que tengan juntos, comprobanmtes del pago de impuestos, contratos de renta, pago de servicio públicos, etc.
Cada documento que presente y que esté en español, debe ser traducido al inglés.
Firmar la petición, tener presente el giro postal y adicionalmente incluir 2 fotos (de cada uno) tamaño pasaporte.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración le enviará un recibo donde aparece un número, que deberá tener presente para obtener información de su proceso en la página web del USCIS.
Cuando mi petición familiar I-130 ha sido aprobada, ¿qué sigue después?
Cuando su solicitud o petición familiar ha sido aprobada, el Centro Nacional de Visas (CNV), le notificarán mediante correspondencia que debe pagar las cuotas de dicha visa, ya que al diligenciar el formulario I-130 se da aviso de continuar un proceso consular.
Al realizar el pago, usted deberá notificar al Centro Nacional de Visas que aplicará para el perdón I 601-A, dentro de lo Estados Unidos, (en caso de que desee permanecer en el país durante el proceso). Cuando el USCIS apruebe dicho perdón, lo comunicará al CNV, pero, como requisito, el USCIS le tomará huellas dactilares para verificar sus antecedentes criminales y buena conducta moral.
El Centro Nacional de Visas, nuevamente le enviará por correspondencia la solicitud de registrar ante el USCIS, la carta de sostenimiento y los formularios DS. Al seguir cuidadosamente cada uno de los procesos, finalmente le llegará la citación para regresar a su país de origen, con el fin de cumplir con la entrevista consular, nueva toma de huellas, verificar sus antecedentes en el país y, por último, deberá realizarse un examen médico.
Si usted cumplió con cada uno de los requisitos exigidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración, recibirá su visa de residente permanente legal y entrará a los Estados Unidos correctamente.
Cabe recordar que para aplicar a cualquier perdón debe procesar previamente la petición familiar I-130
En Quiroga Law Office, PLLC, estamos dispuestos para brindarle la asesoría que usted y su familia necesitan.
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