Perdón I-192 para visitas temporales en USA
El perdón I-192 para visitas temporales en USA, es utilizado por aquellas personas que son declaradas inadmisibles para entrar a los Estados Unidos y por medio de este perdón le permitan la entrada temporalmente al país cuando se tienen documentos.
Cuáles son los requisitos para aplicar al perdón I-192 para visitas temporales en USA
- Para aplicar al perdón es necesario cumplir con una de las siguientes situaciones:
- Para hacer una visita transitoria: Para esta situación es necesario tener los documentos requeridos para viajar, es decir, la visa americana aprobada grabada en el pasaporte.
En caso de ser ciudadano de un país que se encuentre en el programa de exención de visas y que deseen viajar por negocios o por turismo y que sean inadmisibles, no deben aplicar para este perdón, deben solicitar una visa en el correspondiente consulado o embajada.
- Si usted aplicó para la visa U como víctima de violencia
- Si usted aplicó para la visa T como víctima de tráfico de personas (trata de blancas)
- Si usted es ciudadano canadiense
Si usted desea entrar como inmigrante a los Estados Unidos, debe aplicar para el perdón I-601.
Cabe recordar que para aplicar para este perdón es importante tener la visa aprobada, si usted no tiene visa y necesita aplicar primero para adquirirla debe solicitar el perdón INA 212(d)(3).
- Usted debe tener la certeza de que si pisa territorio americano y en el control migratorio, ya sea terrestre, por puerto o aeropuerto, no le va a permitir la entrada, es decir que usted es inadmisible para los Estados Unidos. Esta situación también aplica para aquellas personas que no se les ha permitido entrar a territorio americano y se le ha deportado inmediatamente.
¿Cuáles con las causas de inadmisibilidad?
- Acusado por delitos agravados, por inmoralidad u otro tipo de delitos.
- Deportado previamente. Si este es su caso es necesario aplicar simultáneamente con el perdón I-212. En caso de que el castigo de no permitir la entrada nuevamente a los Estados Unidos de manera permanente, se debe verificar el haber cumplido con los plazos establecidos de dicho castigo ya que deben cumplirse antes de poder aplicar a cualquier perdón.
- Haber permanecido en Estados Unidos más tiempo del autorizado. En caso de que la permanencia ilegal haya sido por más de 180 días el plazo del castigo va desde los 3 hasta los 10 años.
- Por sufrir de alguna enfermedad contagiosa.
Todas las causas de inadmisibilidad pueden ser aplicables a el perdón I-192 para visitas temporales en USA, pero existe una excepción y está relacionada con la seguridad de los Estados Unidos de Prácticamente se puede solicitar un perdón para todas las causas de inadmisibilidad, excepto las relacionados con seguridad nacional.
Cada caso es diferente y cuando se evalúan las posibilidades de aprobar o no la petición tienen en cuenta las condiciones del problema. Hay que tener en cuento que no es igual haber sido condenado por un delito a tener una enfermedad la cual necesita tratamiento médico en los Estados Unidos.
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