¿Qué documentos necesito para pedir a mis padres?

Si vive en los Estados Unidos y desea realizar una petición para traer a sus padres, entonces esta publicación es para usted. En Quiroga Law Office, PLLC, le daremos los siguientes consejos. 

La solicitud a padres puede ser realizada únicamente por personas que tengan la ciudadanía americana y sean mayores de 21 años. Los residentes permanentes legales no pueden hacer la petición. 

1 – ¿Qué requisitos se necesitan cumplir para pedir a los padres? 

EServicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) le solicitará llenar unas formas específicas según su situación. 

Hay casos en los que se pide sólo a uno de los dos padres. Casos en el que se piden a ambos. Y casos en las que el hijo nació fuera del matrimonio y no fue legitimado hasta cierta edad. 

 Por lo tanto, es necesario que tenga claro qué tipo de pedido va a hacer usted a la hora de presentar la solicitud. 

Puede adelantarse preparando un certificado de nacimiento en el que figure de manera clara su nombre y el de sus padres, y evidencias que demuestren su vínculo afectivo y económico. 

Debe recordar que incluso si va a hacer la solicitud por los dos, los documentos deberán llenarse por separado. Por ello es importante que cuente con la asesoría de un abogado de inmigración que pueda guiarlo mejor según su situación. 

Si usted fue una persona adoptada legalmente, no puede pedir a sus padres de nacimiento. 

2 – ¿Un padrastro puede entrar en la solicitud? 

La petición al padrastro o la madrastra entra en la categoría de petición a familiar no inmediato. Por lo tanto, aunque es posible realizar la solicitud, ésta se llevaría a cabo de manera diferente. 

Igualmente, deberá entenderse con el Servicio Estadounidense de Ciudadanía e Inmigración.  Si la persona se encuentra dentro del país y entró de manera correcta, podría serle posible realizar el ajuste de estatus desde allá. 

Lea también: ¿Un ciudadano americano puede pedir a su padrastro? 

3 – ¿Qué sigue después? 

Si su madre o padre se encuentran en Estados Unidos, existe la posibilidad de poder agilizar el proceso. Si se encuentra fuera del país, deberá ir a un consulado estadounidense para hacer desde ahí los trámites. 

Por lo pronto, le recomendamos ser paciente ya que todo proceso bien hecho puede tomar su tiempo de espera. 

Recuerde que en Quiroga Law Office, PLLC, estamos para ayudarle.  Contáctenos, nuestro equipo de abogados tomará su caso y le acompañará durante el proceso. 

Solicite una consulta  aquí, o comuníquese con nosotros al (509) 414-7985. 

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