¿Qué es la fecha de prioridad en inmigración?
Esta es una de las preguntas más frecuentes entre aquellos que están a la espera de una Green Card. En Quiroga Law Office, PLLC le contamos de qué se trata.
La fecha de prioridad en inmigración corresponde al día en que usted aplicó para solicitar una tarjeta de residencia ante USCIS.
La fecha de prioridad determina el lugar en la lista de espera para aquellas personas que recibirán una Green Card.
Dependiendo del origen de la petición (trabajo, familia, matrimonio) el solicitante deberá esperar un tiempo determinado.
Los familiares elegibles de un Residente Legal Permanente (LPR) y los de un Ciudadano estadounidense (USC) tienen cada uno su fecha de prioridad.
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Fechas de prioridad para familiares de ciudadanos
Según la ley de inmigración, solo algunos familiares de ciudadanos estadounidenses siempre tienen prioridad y visas disponibles. Se conocen como familiares directos o inmediatos.
En esta categoría entran las peticiones familiares de hijos a padres, cónyuges e hijos solteros menores de 21 años.
En estos casos la fecha de prioridad de notificación que USCIS entrega al recibir la aplicación es solo una fecha.
Para los familiares inmediatos de los ciudadanos estadounidenses no hay límite anual de visas.
Sin embargo, no sucede lo mismo con los llamados familiares no inmediatos (indirectos), es decir, los hermanos de los ciudadanos, hijos solteros mayores de 21 e hijos casados de cualquier edad.
El Congreso ha fijado un límite anual de visas para estas categorías y por eso existe un determinado tiempo de espera.
Fechas de prioridad para familiares de residentes
Un Residente Legal Permanente solo puede hacer peticiones por su cónyuge e hijos solteros, sin importar la edad.
Sus familiares también estarán sujetos a los límites anuales establecidos, así como a otros factores, como por ejemplo el país de origen.
Tanto familiares indirectos de ciudadano, como familiares de residentes, son clasificados según el Boletín de Visas.
Esta herramienta contiene las fechas de prioridad que se hacen vigentes mes a mes, indicando quienes de los que están en la lista de espera que van a recibir su visa.
El Boletín de Visas categoriza los categoriza de la siguiente manera:
Familiares indirectos de USC
- Categoría F1: Hijos solteros mayores de 21.
- Categoría F3: Hijos casados de cualquier edad.
- Categoría F4: Hermanos solteros y casado de cualquier edad.
Familiares de LPR
- Categoría F2A: Cónyuge, hijos solteros menores de 21.
- Categoría F2B: Hijos solteros mayores de 21.
¿Cómo revisar la fecha de prioridad?
Consultar el Boletín de Visas, que se actualiza mensualmente, es muy sencillo. El Departamento de Estado publica mes a mes el Boletín.
Recuerde que no solo aparecen reflejadas las visas de peticiones familiares, sino que también se muestran las relacionadas con trabajo.
En cada una de las categorías encontrará una tabla con información de países de origen y fechas. Para las solicitudes de visas por petición familiar puede guiarse por el tipo de categoría a la que su familiar está aplicando (F1, F2A, F2B, F3, F4).
La fecha que aparezca en cada casilla corresponde a las peticiones en esa categoría para la que se hizo la solicitud.
En este caso, la visa estará disponible muy pronto. Si su fecha es posterior a la que sale en el Boletín, deberá seguir esperando.
Si tiene dudas sobre su proceso consulte con su abogado de inmigración.
En Quiroga Law Office, PLLC, estamos dispuestos a asesorarle en los trámites migratorios que usted y su familia requieran.