Te damos consejos útiles sobre la ley 245(i)
¿Sabes en qué te puede beneficiar la ley 245(i)? es una Ley de Inmigración y Nacionalidad que sirve como perdón para inmigrantes, dándoles la posibilidad a las personas indocumentadas de obtener una Green Card, o residencia permanente.
En Quiroga Law Office PLLC te damos cinco consejos útiles que te pueden servir al respecto.
1. ¿Quiénes califican para la 245(i)?
Esta ley está especialmente diseñada para ayudar a las personas que han entrado al país, pero no cumplen con las condiciones para tramitar el ajuste de estatus. Por lo tanto, es importante tener en cuenta si su situación se ajusta a las siguientes:
- Son inmigrantes sin papeles que entraron de manera ilegal al país.
- Personas que se encuentran trabajando sin permiso de trabajo.
- Personas que entraron de manera legal con su visa, pero se quedaron más tiempo del debido.
No olvide que esta ley no protege a las personas que se encuentran en medio de un proceso de deportación.
2. ¿Cómo puedes solicitar la protección 245(i)?
Las personas que busquen el poder beneficiarse del perdón migratorio, deberán tener presentes los siguientes elementos:
- Es necesario tener una petición laboral o familiar a su nombre, y haber vivido en los Estados Unidos antes del 30 de abril del 2001.
- Si la petición fue presentada entre el 15 de enero de 1998 y el 30 de abril del 2001, se debe probar que la persona estuvo presente en el país el 21 de diciembre del 2000. En caso de que la petición fuera hecha antes del año 1998, no hay que demostrar presencia física.
Es necesario que la persona no tenga ningún impedimento legal que pueda entorpecer el proceso.
3. ¿A quiénes puedes recurrir para iniciar el proceso?
El trabajo se lleva a cabo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), quiénes indicarán qué formas deben llenarse y bajo qué tarifas. Sin embargo, antes de solicitar la protección, asegúrese de recibir la asesoría de un buen abogado de inmigración, pues este podrá aconsejarlo sobre los diferentes beneficios a los que podría o no acceder, dependiendo de su caso.
4. ¿Qué hacer si el peticionario muere o si el empleador desiste de la petición?
En esos casos, la petición seguirá vigente para la familia. Sin embargo, aplica únicamente si:
- Si el peticionario fallece
- Si un empleador cierra su negocio después de haber realizado la petición
- Si el empleador o el peticionario retiran su petición o certificación laboral
- Si el cónyuge que solicitó la petición se divorcia del beneficiario.
5. Cumplir con los requisitos de presentación
Las entidades migratorias se fijan bastante en la legalidad y correcta presentación de los documentos. Por lo tanto, es indispensable que toda solicitud esté al día, mostrando datos que puedan ser reconocidos de manera legal.
Cualquier incumplimiento o alteración hará que descalifiquen su petición.
Lea también: ¿Quién puede ajustar su estatus por medio de la ley 245(i)?
Recuerde que en Quiroga Law Office, PLLC, estamos para ayudarle. Contáctenos, nuestro equipo de abogados tomará su caso y le acompañará durante el proceso.
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